| 12 de diciembre de 1914.- Se expide el Decreto
de las Adiciones del Plan de Guadalupe. |
EN LAS ADICIONES DEL PLAN DE GUADALUPE DECRETADAS EL 12 DE DICIEMBRE DE 1914, SE ESTABLECE LO SIGUIENTE: Art. 1º.- Subsiste el Plan de Guadalupe del 26 de marzo de 1913 hasta el triunfo completo de la Revolución y, por consiguiente, el C. Venustiano Carranza continuará en su carácter de Primer Jefe de la Revolución Constitucionalista y como Encargado del Poder Ejecutivo de la Nación, hasta que vencido el enemigo quede restablecida la paz. Art. 2º.- El Primer Jefe de la Revolución y Encargado del Poder Ejecutivo expedirá y pondrá en vigor, durante la lucha, todas las leyes, disposiciones y medidas encaminadas a dar satisfacción a las necesidades económicas, sociales y políticas del país Art.3º.- Para poder continuar con la lucha y para poder llevar a cabo la obra de reformas a que se refiere el artículo anterior, el Jefe de la Revolución, queda expresamente autorizado para convocar y organizar el Ejército Constitucionalista y dirigir las operaciones de la campaña; para nombrar a los gobernadores y comandantes militares de los Estados y removerlos libremente
ANALIZA: ORGANIZA:
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